Reseña histórica Congreso Nacional
1. Agenda legislativa
Acuerdo de los grupos parlamentarios que componen una legislatura, respecto de leyes y decretos que, en determinado tiempo procederá tratar, con el ánimo de resolverlos.
2. Acuerdo
3. Aprobación de una ley
Cuando un proyecto se declara suficientemente discutido en lo general y en lo particular, el pleno del Congreso procede a votarlo. Si resulta aprobado el dictamen que contiene la ley o decreto, se elaborará la minuta correspondiente, que será aprobada por el pleno y se turnará al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
4. Abrogar
Es la acción de anular en su totalidad una ley, reglamento o privilegio que se hallaba establecido. En principio no puede abrogarse un texto sino por otro de la misma jerarquía o de jerarquía mas elevada, así, una Ley no puede ser abrogada por un acuerdo sino por un Decreto del Congreso Nacional.
5. Abstención
Es el acto por el cual un legislador(a)/diputado(a) no emite su voto ni en pro ni en contra en una votación.
6. Bancada
Conjunto de dos o más Diputadas y/o Diputados de un mismo partido político que poseen representación en el Congreso. A la bancada también se le reconoce como fracción o grupo parlamentario(diputados/as).
7. Cabildeo
En el lenguaje parlamentario se entiende como la acción de negociar o gestionar con habilidad la decisión en la discusión de las leyes, por medio de la presión o persuasión a los legisladores para que se inclinen a favor de algún grupo de interés o de una estrategia específica.
8. Comisión
Grupo de Diputadas y/o Diputados que conforman una representación del Congreso para atender asuntos específicos. Dentro de las comisiones, uno de los integrantes debe fungir como presidente (a) y el resto como secretarios (as); su labor consiste en analizar, discutir y finalmente dictaminar las iniciativas de ley, los proyectos de decreto, los puntos de acuerdo y cualquier otro asunto que le sea turnado por la Mesa Directiva.
9. Comisión especial
10. Curul
Se refiere al lugar físico que ocupa individualmente cada diputado (a) en la sala de sesiones del Congreso.
11. Decreto
Es el documento que registra la resolución que toma el Congreso.
12. Derogación
Anulación, abolición o revocación de algún artículo, párrafo o fracción son anulados de alguna cosa establecida como ley o costumbre. Su anulación puede ser parcial, lo que la distingue de la abrogación que implica la anulación en su totalidad de una normativa en su conjunto.
13. Fe de erratas
Es la “enmienda, aclaración corrección “que se emplea para corregir un error o supuesto error cometido en la publicación de una ley, siempre y cuando esta no cambie la naturaleza del articulo o ley en cuestión.
14. Iniciativa de Ley
Es un mecanismo mediante el cual al menos tres mil ciudadanos presentan una iniciativa de ley al Congreso Nacional para su discusión y aprobación o rechazo de parte del Pleno, de conformidad con la Constitución de la República, la Ley de Iniciativa y el Reglamento Interno del Congreso Nacional.
15. Receso
Tiempo durante el cual el pleno interrumpe el desarrollo de una sesión o de un periodo legislativo.
16. Juicio político
Es el procedimiento mediante el cual se busca determinar si el funcionario procesado ha incurrido o no en responsabilidad constitucional.
En el caso de Honduras, la Constitución establece en su articulo 234.- Procede el Juicio político contra el Presidente de la República y Designados Presidenciales, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Diputados del Congreso Nacional y Parlamento Centroamericano, Corporaciones Municipales, y todos los servidores públicos electos por el Congreso Nacional, cuando en su contra exista denuncia grave en el desempeño en su cargo, por realizar actuaciones contrarias a la Constitución de la República o el interés nacional.
17. Quórum:
Para instalar el Congreso Nacional y celebrar sesiones se requiere constitucionalmente de un quorum equivalente a la mitad mas uno de los diputados propietarios electos o sus representantes incorporados (65 diputados), se resuelve en forma ordinaria con la mitad mas uno de los presentes si al votar hacen una mayoría de 33 votos; en forma extraordinaria, en asuntos que requieren de mayorías calificadas, el quorum debe ser igual o mayor a las exigencias de dos tercios o tres cuartos del total de diputados. Al romperse el quorum la sesión debe suspenderse.
18. Vacatio Legis
Plazo inmediatamente posterior a la publicación de una ley en el Diario Oficial La Gaceta y durante el cual no es obligatorio su cumplimiento, generalmente el periodo es de veinte días. Esto no se aplica cuando la ley manifiesta en su contexto que es de cumplimiento obligatorio e inmediato después de su publicación en La Gaceta.
19. Mayoría simple
Es la mitad más uno de los diputados presentes en la sesión, aun cuando no alcanzara a ser la mitad más uno de la totalidad de los integrantes.
20. Mayoría calificada
Es aquella exigida y fijada por la Constitución Política para la aprobación de determinados asuntos precisamente establecidos. Siempre será mayor que la simple.
21. Iniciativas y mociones
La moción es el derecho exclusivo de los miembros del Congreso Nacional para introducir asuntos a la consideración del Pleno mediante propuestas verbales o escritas, entiéndase por estas a las designaciones de proyectos de decretos, informes de dictamen, manifestaciones entre otros.
22. Proyecto de Ley
Propuesta presentada al pleno para la creación de un nuevo ordenamiento, o modificaciones, reformas, abrogaciones y derogaciones en una ley existente.
23. Pleno
Recibe el nombre de Pleno la asamblea que se lleva a cabo en el salón de sesiones del Congreso de la unión. Por tal motivo el Pleno es el órgano con mayor jerarquía dentro de la Cámara de diputados.
24. Plebiscito
Es la consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre soberanía, ciudadanía, poderes excepcionales, etc. (mecanismo de participación ciudadana).
25. Referéndum
Intervención del pueblo en forma directa en la sanción de leyes o en la aprobación de políticas gubernamentales (mecanismo de participación ciudadana).
26. Sesiones del Congreso Nacional
Según la Ley Orgánica del Poder Legislativo, las sesiones del Congreso Nacional son públicas; pero se podrán celebrar sesiones en forma secreta a petición de cualquier diputado previa calificación hecha por la Junta Directiva, pueden ser ordinarias o extraordinarias.